La web oficial de la Federación Andaluza de Bolos
REGLAMENTO LIGA ANDALUZA FAB-AECB
PREAMBULO
Para poder participar en la Liga Andaluza 2024 todos los jugadores necesariamente han de tener licencia de la FAB o la AECB para la presente temporada y estar en posesión de la licencia de la Federación Española de Bolos vigente.
La liga se jugará con hándicap al 60% sobre 200.
Tras la tercera jornada se otorgarán medallas a los tres primeros equipos clasificados y a los tres mejores jugadores individuales
Esta Liga tendrá carácter nacional y podrán participar en ella todos los jugadores/as que estén debidamente inscritos en la FAB o AECB y cumplan los requisitos exigidos en este Reglamento.
Los equipos estarán formados por jugadores de un mismo Club, de varios clubs o individuales, tanto masculinos como femeninos, permitiéndose que se unan para este propósito bajo el nombre de un equipo.
CAPÍTULO 1 NORMATIVA DE LA LIGA.
Art.1º. COMPOSICIÓN DE LOS EQUIPOS.
Los enfrentamientos serán de 3 jugadores en pista, pudiéndose inscribir un máximo de 4 jugadores en cada Jornada.
Cada uno de los equipos componentes de la Liga FAB-AECB podrá disponer de un máximo de 8 jugadores para disputar toda la Liga, de tal manera que se podrán ir añadiendo jugadores en cada Jornada hasta completar los 8 jugadores.
Todos ellos deberán estar previamente inscritos en tiempo y forma para jugar esta Liga.
Un jugador que haya participado con un equipo, aunque solamente fuese una partida en cualquiera de las Jornadas de la Liga, no podrá jugar en la misma temporada deportiva con otro equipo, incluso de su mismo Club.
La suma del promedio de los 3 mejores jugadores de cada equipo no podrá tener 600 bolos o más en el momento de su inscripción según la última lista publicada por la AECB con un mínimo de 30 partidas. Una vez admitidos los jugadores, estos no podrán ser rechazados para ser alineados aunque por su trayectoria hayan superado el promedio tope establecido.
En el caso de alinear un nuevo jugador se sumará el promedio actual de los 3 mejores jugadores para determinar si puede ser inscrito en la liga.
Art.2º NORMATIVA DE LA LIGA.
Las normas de juego están sujetas al reglamento actual de la W.B., la FEB y a los propios de la AECB.
Recordar que durante los horarios de competición no está permitido fumar, incluyendo los minutos de práctica antes del comienzo de cada serie. Igualmente está prohibido comer y tomar bebidas alcohólicas (salvo frutas y alimentos azucarados) durante los horarios de competición, así como el uso de materiales, sustancias y grupos farmacológicos prohibidos (según la lista de Sustancias y Métodos Prohibidos en el Deporte publicada en el BOE por resolución del C.S.D.).
Art.3º UNIFORMIDAD.
La uniformidad de los componentes de cada equipo será la misma.
Los hombres con pantalón bien corto o bien largo y camisa, camiseta, polo o chándal.
Las mujeres con falda, falda pantalón, chándal, pantalón o vestido corto y blusa, camiseta o polo.
Al ser posibles los equipos mixtos, se pueden utilizar diferentes prendas en la parte inferior hombres y mujeres (p.ej.- mujeres con falda y hombres con pantalones), pero han de ser del mismo color e iguales prendas por género.
Se prohíbe el uso de prendas vaqueras, gafas de sol, gorras o cualquier otra prenda fuera del uniforme de juego, salvo en caso de lesión o prescripción médica.
Cualquier problema relacionado con la uniformidad deberá ser notificado al Delegado de la competición antes del comienzo de la misma.
La falta de uniformidad de los componentes del equipo será sancionada con amonestación la primera vez. Si el jugador o jugadores son reincidentes se sancionará con la pérdida de los puntos que disputen dichos jugadores o con la imposibilidad de jugar mientras no se subsane el problema de uniformidad.
Art.4º SISTEMA DE ANOTACIÓN.
Las Actas que se emplearán serán las oficiales de la AECB y deberán ir firmadas y comprobadas por los capitanes de cada uno de los equipos.
En caso de alguna observación, el capitán del equipo escribirá al dorso del Acta del enfrentamiento correspondiente un resumen de las mismas, debiendo notificar este hecho al juez de la competición.
Se tiene un plazo de 48 horas a contar desde el momento de terminación de la Jornada correspondiente para dirigirse por escrito al Comité de Competición y Disciplina de la AECB.
Cada equipo nombrará un Capitán o Delegado que será el interlocutor oficial para realizar los trámites necesarios durante el Campeonato (alineaciones, actas, cambios, etc.), observaciones o reclamaciones ante los jueces y/o el Delegado de la Jornada.
Art.5º INCIDENCIAS CON EQUIPOS INCOMPLETOS O AUSENTES.
No se permitirá comenzar cualquier Jornada de la Liga a ningún equipo si no cuenta con un mínimo de 2 jugadores presentes para disputarla.
En el caso de que un equipo se quedara con dos jugadores durante la disputa de una jornada y para no perjudicar al resto de equipos, el equipo que se enfrente a él deberá de jugar contra el promedio del jugador ausente y su hándicap correspondiente, contabilizando para estos la media de su equipo.
En el caso en que el equipo aun no hubiera disputado al menos una jornada, se contabilizará el promedio de la lista de hándicap de la AECB. Si bien, el jugador ausente no obtendrá ninguna puntuación, ya que no se contabilizará bolo alguno computable para su equipo. Por tanto, el equipo con 2 jugadores no ganará ningún punto con los bolos asignados al jugador ausente ya que estos no se contabilizarán como derribados.
Así mismo, el equipo que haya venido al completo no contabilizará los puntos de los enfrentamientos (individuales, tripletas y total bolos) si no supera con sus bolos el total de bolos derribados por el otro equipo más el promedio o promedio más hándicap, según el caso, asignado al jugador ausente en cada una de las modalidades del enfrentamiento.
En caso de que un equipo no cuente con al menos dos jugadores para jugar será considerado como equipo retirado de la Jornada correspondiente de la Liga.
El Delegado de la AECB redactará un informe detallado de los hechos para presentar al Comité de Competición y Disciplina de la AECB.
Art.6º RETRASOS E INCOMPARECENCIAS DE EQUIPOS O JUGADORES.
Si un equipo se retrasa para el comienzo o durante una Jornada de la Liga, siendo por causas ajenas a la voluntad del mismo y siempre que lo haya notificado por cualquier medio posible al Delegado de la Jornada, la Organización de la Liga realizará las gestiones oportunas para facilitar la disputa de todos sus enfrentamientos, siempre que fuese posible y no se perjudicase al resto de los equipos
De no producirse dicho aviso, en un plazo de 15 minutos posterior al comienzo de sus partidos, se considerará como equipo no presentado y, por lo tanto, retirado de la Jornada correspondiente de Liga.
El Delegado de la Jornada comunicará al Comité de Competición y Disciplina de la AECB los hechos acaecidos.
Cuando un equipo no se presente o no tenga los jugadores necesarios para jugar una Jornada de la Liga, siempre y cuando no sea de aplicación el artículo 8º, será considerado como equipo retirado de la Liga FAB-AECB.
Cuando un equipo se retira de una Jornada de la Liga habiendo jugado algún partido en dicha Jornada, se eliminarán todos los puntos de los partidos a los equipos del grupo a los que se debía enfrentar y a los que se había enfrentado en dicha Jornada, si bien todos ellos deberán jugar sus partidas.
Si un equipo por la causa que fuere causa baja o es retirado de la Liga, se quitará a dicho equipo de la clasificación general y el resto de las Jornadas se celebrarán sin su concurso.
Cuando un jugador perteneciente a un equipo se presente tarde a disputar sus partidas entrará a jugar en el cuadro que se esté disputando en ese momento, anotándosele cero en el resto de los cuadros jugados.
Art.7 º LESIONES.
Si durante una partida se lesiona un jugador o tiene cualquier impedimento que le permita continuar jugando se le anotará la puntuación que lleve hasta ese momento. En cualquier caso, la partida no se le anotará para la lista general individual de categorías de la AECB.
CAPÍTULO 2º SISTEMA DE JUEGO.
Art.8º CANTIDAD DE EQUIPOS.
La Liga FAB-AECB estará compuesta por un máximo de 8 equipos.
Art.9º JORNADAS DE LA LIGA.
Se jugará en 3 jornadas, todos contra todos.
Art.10º EMPATES.
La resolución de empates será de la siguiente manera y según el siguiente orden:
Art.11º ESTILO DE JUEGO.
El estilo de juego durante cada una de las jornadas de la Liga será el americano, es decir, alternar pistas, de un mismo par en cada cuadro, hasta que se jueguen cinco cuadros en cada pista del par.
Art.12º HANDICAP.
Todos los jugadores jugarán con hándicap que se extraerá de la última lista oficial publicada por la AECB antes de cada fase.
En el caso de no tener hándicap un jugador o partidas oficiales suficientes para su confección (30), la organización le dotará de un hándicap acorde a su nivel de juego, no obstante en caso de duda, el jugador podría jugar con 0 de hándicap en la totalidad de la fase.
Art.13º ENFRENTAMIENTOS.
Los enfrentamientos se jugarán a 1 partida jugándose, al mismo tiempo, individuales y tripletas.
Los individuales jugarán los pares contra los pares y los impares contra los impares.
El equipo que aparezca en primer lugar en el acta se le considerará como local (equipo A), al equipo que aparezca en segundo lugar en el acta (equipo B) se le considerará como visitante.
El equipo A, considerado como local, deberá entregar primero las alineaciones y los enfrentamientos serán:
Art.14º PUNTUACIONES.
La puntuación será en enfrentamientos individuales con hándicap y en enfrentamientos de equipo a scratch, puntuándose de la siguiente forma:
Puntos individuales. Si un jugador gana con la puntuación más hándicap se llevará 2 puntos y el otro 0 puntos, en caso de empate serán 1 punto para cada jugador.
Puntos tripletas. Si una tripleta gana con la puntuación scratch se llevará 4 puntos y la otra pareja 0 puntos, en caso de empate serán 2 puntos para cada tripleta.
El total de puntos en juego es de 10 en cada enfrentamiento, 6 en individuales con hándicap y 4 por bolos totales scratch.
CAPITULO 3º ORGANIZACIÓN DE LA LIGA
Art.15º DELEGADO.
En todas las jornadas de la Liga y en cada Instalación se nombrará un Delegado asignado por la Comisión de la Liga
Art.16º FUNCIONES DEL DELEGADO.
Las funciones del Delegado serán:
Art.17º PUBLICACIÓN RESULTADOS.
Después de cada jornada de la Liga y en un plazo no superior a 8 días la Comisión o Responsable Nacional de la Liga remitirá a la Web de la AECB una clasificación por equipos y otra individual de cada uno de los grupos.
CAPITULO 4º PREMIOS Y TROFEOS
Art.18º PREMIOS.
Al finalizar la 3ª Jornada, se entregarán los siguientes premios y trofeos:
Al ser las huchas nominales, una vez recibido el premio, el equipo deberá de informar del reparto de las huchas para cada uno de los miembros del equipo a la AECB.
CAPITULO 5º INSCRIPCIONES DE EQUIPOS
Art.19º FORMALIZACIÓN.
Los equipos que quieran participar en la Liga FAB-AECB, deberán formalizar por escrito, en los impresos facilitados por la AECB ANDALUZA, su deseo de inscripción hasta el 8 de octubre.
Art.20º COSTE DE INSCRIPCIÓN.
El coste de la inscripción es de 40 € y deberán de hacerse efectivos antes del inicio de la primera jornada.
Art.21º ABANDONO ANTICIPADO DE LA LIGA.
Si un equipo abandona o es retirado de la Liga una vez una vez iniciada la primera jornada, perderá la inscripción independientemente de la fase en la que abandone la Liga.
Art.22º COSTE DE LAS JORNADAS.
El Coste por jornada para cualquier equipo será de 75 €.
Art.23º BAJAS DE JUGADORES.
En caso en que algún equipo a lo largo de la Liga quiera dar de baja uno o varios de los jugadores inscritos teniendo completado el número máximo de jugadores permitidos para la disputa de la Liga, mandará escrito al efecto al Delegado de la Liga explicando las causas de tal petición de baja.
El responsable de la Liga FAB-AECB no permitirá la sustitución de ningún jugador de un equipo a no ser que no haya disputado ninguna partida.
CAPITULO 6º FALTAS Y SANCIONES
Art.24ª POTESTAD DESCIPLINARIA.
La AECB ejercerá la potestad disciplinaria sobre los Clubes y sus jugadores, sobre sus representantes, Delegados y Directivos, cuando cometan actos que puedan considerarse como faltas en aplicación sobre este Reglamento de la Liga Andaluza FAB-AECB y sobre el Reglamento Disciplinario de la AECB.
Art.25º COMITÉ DISCIPLINARIO.
El Comité de Disciplina y Competición de la AECB será el órgano competente para la imposición de sanciones como consecuencia de las faltas de cualquier tipo (leves, graves y muy graves) cometidas durante la competición de la Liga Andaluza FAB- AECB.
Así mismo, también lo podrá derivar al juez único de la FEB si así lo considera oportuno.
Contra la resolución de las sanciones por el Comité de Disciplina y Competición de la AECB podrá el sancionado interponer recurso de apelación al Comité de Apelación de la AECB.
Para ello dispondrá de siete días a contar desde el momento de la resolución del Comité de Disciplina y Competición.
Art.26º No podrá imponerse sanción alguna que no se encuentre reglamentariamente establecida con anterioridad a la comisión de la falta correspondiente.
Si de un mismo hecho o hechos sucesivos se derivasen dos o más faltas, éstas podrán ser sancionadas independientemente.
Art.27º En la determinación de la sanción deberá tenerse en cuenta el daño que la conducta sancionada infrinja en la imagen de la AECB, en los restantes asociados y, en general, en el deporte del bowling. Asimismo el órgano sancionador podrá valorar el resto de circunstancias que concurran en la falta a los efectos de determinar la sanción que resulte aplicable. Será además circunstancia agravante la reincidencia, y circunstancias atenuantes la del arrepentimiento espontáneo, la de haber precedido inmediatamente a la comisión de la infracción provocación suficiente y la de no haber sido sancionado con anterioridad.
La reincidencia se entenderá producida en el transcurso de un año contado a partir del momento en que se haya cometido la infracción.
Art.28º Las faltas leves prescribirán al mes, las graves al año y las muy graves a los tres años. Dichos plazos se computarán a partir del día siguiente en que se hubiera producido la infracción imputable al infractor. Serán causas de extinción de la responsabilidad el cumplimiento de la sanción, la prescripción de sus infracciones y de las sanciones, el fallecimiento del sancionado
Art.29º CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS.
Son faltas leves:
Son faltas graves:
Son faltas muy graves:
Art.30º SANCIÓN DE LAS FALTAS.
Las faltas leves podrán ser sancionadas con:
Las faltas graves podrán ser sancionadas con:
Las faltas muy graves podrán ser sancionadas con:
DISPOSICION FINAL
Cualquier supuesto no contemplado en este Reglamento de la Liga estará supeditado a los Estatutos de la AECB y al Reglamento de Régimen interno de la AECB y será resuelto por la Comisión o Responsable Nacional para la Liga Nacional de la AECB.