La web oficial de la Federación Andaluza de Bolos
El Presidente de la Federación Andaluza de Bolos, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, ha acordado convocar con esta fecha elecciones para la renovación de los órganos de gobierno y representación de la citada Federación, conforme a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 11 de marzo de 2.016 por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas y conforme a lo dispuesto en el Reglamento Electoral de la Federación Andaluza de Remo, en lo que resulte de aplicación.
A tal efecto, la presente convocatoria, junto al censo electoral general y por estamentos, la distribución del número de miembros de la Asamblea General por estamentos, así como el calendario electoral y la composición de la Comisión Electoral, serán publicados en la sede de la Federación Andaluza de Bolos, sita en Cazorla (Jaén), en Avenida Ximénez de Rada, 2, así como en la de las delegaciones territoriales de la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía a virtud de autorización expresa concedida por la D.G. de Actividades Deportivas, que se relacionan:
Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación y Deporte:
ALMERÍA: Unidad Administrativa de la Consejería de Educación y Deporte.
Paseo de la Caridad, 125. Finca Santa Isabel – 04008 Almería
CÁDIZ: Unidad Administrativa de la Consejería de Educación y Deporte.
C/ Antonio López, 1-3 11004 – Cádiz.
CÓRDOBA: Unidad Administrativa de la Consejería de Educación y Deporte.
C/Tomás de Aquino s/n Edificio Servicios Múltiples 2ª planta 14071 – Córdoba.
GRANADA: Unidad Administrativa de la Consejería de Educación y Deporte.
Calle Gran Vía de Colón 56, nº 18071 – Granada
HUELVA: Unidad Administrativa de la Consejería de Educación y Deporte.
Calle Mozárabes, 8 21002 – Huelva.
JAÉN: Unidad Administrativa de la Consejería de Educación y Deporte.
C/Martínez Montañés, 8 C.P.: 23071 – Jaén
MÁLAGA: Unidad Administrativa de la Consejería de Educación y Deporte.
Edif. Servicios Múltiples. Avda. de la Aurora, nº 47 – 29071 Málaga.
SEVILLA: Unidad Administrativa de la Consejería de Educación y Deporte.
Avenida Ronda del Tamarguillo s/n, 41005 Sevilla.
El horario de apertura de la sede de la Federación en la que quedará expuesta toda la documentación durante el proceso electoral será de 10,30 a 12,30 horas, de lunes a viernes, salvo festivos, siendo obligatorio pedir cita previa por email o teléfono 2 (695481332-600625684). Se habilita la dirección de correo electrónico eleccionesfab@gmail.com para todos los trámites relacionados con las elecciones.
Igualmente la presente convocatoria será publicada en la página web oficial de la Federación Andaluza de Bolos (www.andaluzadebolos.org) así como en la página web de la Consejería de Turismo y Deporte.
Con la convocatoria de elecciones se disuelve la Asamblea General, y cesan el Presidente y la Junta Directiva que se constituyen en Comisión Gestora.
Primero.- Censo Electoral.
El censo electoral de clubes, deportistas, técnicos y jueces y árbitros que tendrán derecho a participar en el presente proceso electoral es el que se contiene en los siguientes anexos:
ANEXO IV: Censo Electoral General
ANEXO V: Censo General de la modalidad Bolo Andaluz.
ANEXO VI: Censo General de la modalidad Bolo Césped.
ANEXO VII: Censo General de la modalidad Bowling.
ANEXO VIII: Censo General de la modalidad Bolo Palma.
La circunscripción electoral será única para todos los estamentos y modalidades en virtud de lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento Electoral de la Federación.
Igualmente se recuerda a todos los federados que aparezcan en el censo provisional en más de un estamento deportivo, que deberán optar por aquél estamento en el que quieren quedar adscritos como electores y, en su caso, elegibles, sin perjuicio del requerimiento que a tal efecto realice la Comisión Electoral en la resolución por la que se proclame el censo definitivo, a tenor de lo dispuesto en el calendario del proceso electoral y de conformidad con lo establecido en el Art. 16.4 del Reglamento Electoral. El tratamiento y publicación de los datos contenidos en el censo tendrá por exclusiva finalidad garantizar el ejercicio por las personas electoras de su derecho de sufragio, y garantizar la transparencia del proceso electoral, no siendo posible su utilización ni cesión para ninguna finalidad distinta de aquélla.
Segundo.- Distribución de miembros de la Asamblea General.
– Clubes o Asociaciones deportivas: 52%……………………………… 13 asambleístas.
– Deportistas: 24%……………………………………………………………… 6 asambleístas.
– Técnicos: 12%…………………………………………………………………. 3 asambleístas.
– Jueces y árbitros: 12%………………………………………………………. 3 asambleístas.
Tercero.- Calendario electoral.
El proceso electoral se regirá por el siguiente calendario:
CALENDARIO DEL PROCESO ELECTORAL 2020.
FECHA | TRAMITE |
FASE PRIMERA: CONVOCATORIA Y PROCLAMACION DEL CENSO ELECTORAL DEFINITIVO. | |
12/09/2020 | Día 1: Convocatoria del proceso electoral federativo. |
13/09/2020 | Día 2: Inicio del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo especial de voto por correo. |
14/09/2020 | Día 3: Fin del plazo para remitir anuncio de la convocatoria por vía electrónica a la Dirección General competente en materia de deporte. |
16/09/2020 | Día 5: Publicación de la convocatoria en las sedes de la Federación, en las de sus delegaciones territoriales y en su página web oficial, así como en la página web de la Consejería competente en materia de deporte. |
17/09/2020 | Día 6: Comienzo del plazo para la presentación de impugnaciones contra la propia convocatoria, el censo, la distribución de personas miembros de la Asamblea General y el calendario del proceso electoral, ante la Comisión Electoral. |
21/09/2020 | Día 10: Remisión por la Dirección General competente en materia de deporte de certificación de exposición del anuncio de convocatoria en la web de la Consejería competente en materia de deporte. |
22/09/2020 | Día 11: Remisión por la Comisión Gestora a la Comisión Electoral de las certificaciones de publicación de la convocatoria, conforme al artículo 6.1 de la Orden de 11 de marzo de 2016. |
22/09/2020 | Día 11: Fin del plazo para remitir a la Dirección General competente en materia de deporte la convocatoria completa y la certificación de los días de publicación en la sede y web federativas. |
1/10/2020 | Día 20: Fin del plazo de presentación de impugnaciones señaladas en el apartado anterior correspondiente al día 6. |
4/10/2016 | Día 23: Fin del plazo para resolver las impugnaciones presentadas y proclamación del censo electoral definitivo, por parte de la Comisión Electoral y notificación personal a los interesados e interesadas de conformidad con lo previsto en la Orden de 11 de marzo de 2016. |
5/10/2020 | Día 24: Publicación en el tablón de anuncios de la sede de la Comisión Electoral y en la página web oficial de la Federación de las resoluciones recaídas respecto de las impugnaciones presentadas y de la proclamación del censo electoral definitivo de conformidad con lo previsto en la Orden de 11 de marzo de 2016. |
5/10/2020 | Día 24: Remisión del censo electoral definitivo a la Dirección General competente en materia de deporte, en soporte informático apto para el tratamiento de textos y datos. |
6/10/2020 | Día 25: Fin del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo especial de voto por correo. |
8/10/2020 | Día 27: Fin del plazo para que la Comisión Electoral remita el Censo especial de voto por correo a la Comisión Gestora y a la Dirección General competente en materia de deporte. |
11/10/2020 | Día 30: Fin del plazo para que la Comisión Gestora publique en la web oficial de la Federación el Censo especial de voto por correo y para enviar los certificados acreditativos de inclusión en el Censo especial de voto por correo. |
FASE SEGUNDA: ELECCIONES A LA ASAMBLEA GENERAL Y PRESIDENCIA. | |
12/10/2020 | Día 1 [el trigésimo día a contar desde el siguiente a la fecha de la convocatoria]: Se inicia el plazo de presentación de candidaturas a la Asamblea General de la Federación Andaluza de Bolos.
Día 1: La Federación Andaluza de Bolos comunicará a las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de deporte, la fecha de la votación, las localidades y domicilios donde se ubicarán las Mesas Electorales, así como el número de un teléfono móvil para poder contactar en caso de necesidad. |
18/10/2020 | Día 7: Finaliza el plazo de presentación de candidaturas a la Asamblea General. |
23/10/2020 | Día 12: Proclamación por la Comisión Electoral de la relación provisional de personas candidatas a la Asamblea General por cada circunscripción. Sorteo para la formación de las Mesas Electorales. |
24/10/2020 | Día 13: Se inicia el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas a la Asamblea General. |
28/10/2020 | Día 17: Finaliza el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas a la Asamblea General. |
31/10/2020 | Día 20: Publicaciones de las resoluciones de la Comisión Electoral General. Proclamación por la Comisión Electoral de la relación definitiva de candidaturas. |
1/10/2020 | Día 21: Inicio del plazo para la presentación ante la Comisión Electoral de las designaciones de personas interventoras de las candidaturas. |
3/11/2020 | Día 23: Fin del plazo para la puesta a disposición de las papeletas de voto para los electores y electoras que deseen ejercer su voto por correo, en los términos y condiciones contemplados en la Orden de 11 de marzo de 2016. |
4/11/2020 | Día 24: Se inicia el plazo para ejercer el voto por correo. |
5/11/2020 | Día 25: Fin del plazo para la presentación ante la Comisión Electoral de las designaciones de personas interventoras de las candidaturas. |
10/11/2020 | Día 30: Fin del plazo para ejercer el derecho de voto por correo. |
11/11/2020 | Día 31: Finaliza el plazo para la entrega de credenciales y publicación en la página web oficial de la Federación de la relación de personas interventoras de las candidaturas. |
15/11/2020 | Día 35: Votaciones a personas miembros de la Asamblea General y remisión de la documentación electoral a la Comisión Electoral. |
18/11/2020 | Día 38: Publicación de los resultados provisionales. Se inicia el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones ante la Comisión Electoral. |
23/11/2020 | Día 43: Finaliza el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones. |
26/10/2020 | Día 46: Finaliza el plazo para resolver las reclamaciones e impugnaciones por parte de la Comisión Electoral. |
27/11/2020 | Día 47: Publicación de las resoluciones dictadas frente a las reclamaciones e impugnaciones. Proclamación por la Comisión Electoral de los resultados definitivos de las votaciones y de las personas miembros de la Asamblea General. Se inicia el plazo de presentación de candidaturas a la Presidencia de la Federación. |
1/12/2020 | Día 51: Finaliza el plazo de presentación de candidaturas a la Presidencia de la Federación. |
4/12/2020 | Día 54: Proclamación por la Comisión Electoral de la relación de personas candidatas a la Presidencia. |
5/12/2020 | Día 55: Se inicia el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas. |
9/12/2020 | Día 59: Finaliza el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas. |
12/12/2020 | Día 62: Publicación por la Comisión Electoral Federativa de las resoluciones de las impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas a la Presidencia. Proclamación de la relación definitiva de personas candidatas. |
16/12/2020 | Día 66: Celebración de la Asamblea General para la elección de Presidente o Presidenta. |
18/12/2020 | Día 68: Publicación de los resultados provisionales por la Comisión Electoral. |
19/12/2020 | Día 69: Se inicia el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones ante la Comisión Electoral. |
21/12/2020 | Día 71: Finaliza el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones. |
24/12/2020 | Día 74: Proclamación del Presidente o Presidenta electo por la Comisión Electoral. |
Cuarto.- Composición de la Comisión Electoral Federativa.
En virtud del acuerdo de la Asamblea General de esta Federación de fecha 18 de junio de 2016 y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 6 del Anexo I de la Orden de 11 de Marzo de 2016, los miembros de la Comisión Electoral Federativa son:
Titulares:
Presidente: Sebastián Ríos Gómez
Secretario: José María Torres Saez
Vocal: RicardoAcosta Moreno
Suplentes:
Presidente: Bernardo Pelegrín Carrillo
Secretario: Miguel Ángel Castillo Juárez
Vocal: Javier Mozas Moreno
Quinto.- Modelos de Sobres y Papeletas.
Los modelos oficiales de sobres y papeletas para los distintos estamentos son los que se contienen en los siguientes anexos:
ANEXO IX Sobres para el estamento de clubes modalidad bolo andaluz.
ANEXO X Sobres para el estamento de clubes modalidad bolo césped.
ANEXO XI Sobres para el estamento de clubes modalidad bolo palma.
ANEXO XII Sobres para el estamento de clubes modalidad bowling.
ANEXO XIII: Sobres para el estamento de deportistas modalidad bolo andaluz.
ANEXO XIV: Sobres para el estamento de deportistas modalidad bolo césped.
ANEXO XV: Sobres para el estamento de deportistas modalidad bolo palma.
ANEXO XVI: Sobres para el estamento de deportistas modalidad bowling.
ANEXO XVII: Sobres para el estamento de técnicos.
ANEXO XVIII: Sobres para el estamento de jueces y árbitros.
ANEXO XIX: Papeletas para el estamento de jueces y árbitros.
ANEXO XX: Papeletas para el estamento de técnicos.
ANEXO XXI: Papeletas para el estamento de clubes modalidad bolo andaluz.
ANEXO XXII: Papeletas para el estamento de clubes modalidad bolo césped.
ANEXO XXIII: Papeletas para el estamento de clubes modalidad bolo palma.
ANEXO XXIV: Papeletas para el estamento de clubes modalidad bowling.
ANEXO XXV: Papeletas para el estamento de deportistas modalidad bolo andaluz.
ANEXO XXVI: Papeletas para el estamento de deportistas modalidad bolo césped.
ANEXO XXVII: Papeletas para el estamento de deportistas modalidad bolo palma.
ANEXO XXVIII: Papeletas para el estamento de deportistas modalidad bowling.
Sexto.- Procedimiento para la emisión del voto por correo.
El voto se emitirá de conformidad con las siguientes disposiciones:
– La persona electora que desee emitir su voto por correo deberá formular solicitud dirigida a la Comisión Electoral de la Federación interesando su inclusión en el censo especial de voto por correo, que integrará a las personas electoras que estando incluidos en el censo definitivo opten por tal modalidad de voto.
– Dicha solicitud deberá presentarse a partir del día siguiente al de la convocatoria de elecciones y hasta dos días después de la publicación del censo definitivo, cumplimentando el documento normalizado que a tal fin publicará la Federación Andaluza de Remo, debiendo acompañar fotocopia del DNI, pasaporte o autorización de residencia en vigor. Cuando la solicitud sea formulada por clubes y secciones deportivas que, ostentando la condición de persona electora, deseen emitir su voto por correo, deberá acreditarse ante la Comisión Electoral de la Federación la válida adopción del acuerdo por parte de los órganos de la entidad en cuestión. Asimismo, deberá identificarse claramente la identidad de la persona física designada para realizar todos los trámites relativos al voto por correo, adjuntando fotocopia de su DNI, pasaporte o autorización de residencia en vigor.
– Recibida por la Comisión Electoral la documentación referida en el apartado anterior, comprobará la inscripción de la persona solicitante en el censo definitivo, no admitiéndose la solicitud de voto por correo en caso de que la misma no se encuentre inscrita.
La Comisión Electoral elaborará el censo especial de voto por correo en los dos días hábiles posteriores al término del plazo para solicitar la inscripción en dicho censo, el cual comprenderá, como mínimo, un listado que incluya los nombres y apellidos de todas las solicitudes admitidas. En el mismo período, la Comisión Electoral remitirá el censo especial de voto por correo a la Comisión Gestora y a la Dirección General competente en materia de Deporte.
– La Comisión Gestora, en el plazo de tres días hábiles desde su recepción, publicará en la página web federativa, sección <PROCESOS ELECTORALES>, el censo especial de voto por correo y enviará en el mismo plazo, a las personas y entidades incluidas, el certificado acreditativo de su inclusión en el censo especial de voto por correo. La remisión de este certificado se realizará por cualquier medio que permita acreditar su recepción por la persona electora personalmente, resultando nula la entrega o notificación a persona distinta. A estos efectos, la federación podrá exigir a la persona electora la aportación de la dirección de una cuenta de correo electrónico personal, a la que podrá dirigirse la notificación del certificado, siempre que permita acreditar su recepción.
– Para la emisión del voto por correo, las federaciones pondrán a disposición del electorado, en los tres días siguientes al de la proclamación de la relación definitiva de las candidaturas o, en el caso de interrupción del proceso electoral, en la fecha que se establezca por la Comisión Electoral, el modelo oficial de papeleta de voto por correo sí como del sobre de votación, tanto en las sedes federativas correspondientes, como en la página web de la federación, de la que podrá descargarse y utilizarse para el ejercicio del voto mediante esta modalidad.
– El período de presentación del voto por correo será como mínimo de siete días, que comenzará el cuarto día siguiente al de la proclamación de la relación definitiva de las candidaturas y finalizará el quinto día anterior a la fecha de celebración de las votaciones. No serán admitidos los sobres presentados con fecha posterior, verificación que deberá efectuar la Mesa Electoral el día de la votación.
– La persona electora que quiera ejercitar su voto por correo introducirá en un sobre que deberá expresar en su anverso, el nombre y apellidos del remitente, así como la federación, especialidad deportiva, en su caso y estamento por el que se vota y en su caso también, la mesa electoral, los siguientes documentos: el certificado acreditativo de inclusión en el censo especial de voto por correo expedido por la Comisión Gestora, fotocopia de su DNI, Pasaporte, Permiso de conducir o permiso de residencia en vigor, y el sobre de votación previamente cerrado (en cuyo anverso sólo podrá figurar la referencia al estamento correspondiente) que contendrá una sola papeleta de voto, según modelo oficial suministrado por la federación. En el caso de clubes o secciones deportivas, se añadirá certificado expedido por el secretario del club o sección, acreditativo de la condición de presidente o de la persona que presenta el sobre.
– Toda la documentación contemplada en el apartado anterior se introducirá a su vez en un sobre de mayor tamaño que los anteriores, en cuyo anverso y reverso se consignarán los siguientes datos:
Anverso:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE (nombre correspondiente)
Apartado de Correos (número correspondiente)
Código Postal y Localidad:
ELECCIONES A LA ASAMBLEA GENERAL DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE BOLOS
Reverso:
Nombre y apellidos: (del remitente)
Modalidad o especialidad: (la correspondiente, en su caso)
Estamento de:
Circunscripción Única
Mesa Electoral:
– El voto por correo podrá presentarse, a elección de la persona electora, en las Oficinas de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, mediante correo certificado, o en el Servicio de Deporte de las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de Deporte, en horario de nueve a trece horas, en punto. En este último caso, serán necesarias para recepcionar los sobres, la personación de la persona electora y la acreditación de su personalidad ante el personal funcionario habilitado para la recepción del voto por correo. El voto por correo en las Delegaciones Territoriales de la Consejería sólo podrá presentarse en la Delegación correspondiente a la circunscripción de la persona electora, excepto en el caso de circunscripción única.
– La Dirección General competente en materia de deporte, al recibo de la convocatoria electoral, remitirá a las federaciones el nombre de las Delegaciones Territoriales administrativas, el número de apartado de correos, el código postal y la localidad que deben consignarse en el anverso de los sobres, para su publicación inmediata en la página web federativa. Dicha información será publicada igualmente con carácter permanente en la página web de la Consejería competente en materia de Deporte.
– La Federación comunicará a la Delegación Territorial administrativa correspondiente, el mismo día de inicio del proceso electoral para elegir a las personas miembros de la Asamblea General, la fecha de la votación, las localidades y domicilios donde se ubicarán las Mesas Electorales, así como el número de un teléfono móvil para poder contactar en caso de necesidad. Las Delegaciones Territoriales administrativas custodiarán los votos hasta el día de la votación.
– Los sobres recibidos con la documentación de voto por correo serán entregados el día de la votación, por personal de la Delegación Territorial administrativa, junto con una relación nominal de los mismos a la Mesa electoral correspondiente.
– Serán nulos los sobres o paquetes que contengan la documentación de voto por correo de más de una persona electora. La recepción de un sobre con dos o más votos de diferentes electores comportará la nulidad de todos ellos.
En todo caso, la Mesa Electoral no admitirá y declarará nulos los sobres que:
a) Hayan sido presentados en Correos o en la Delegación Territorial fuera del período establecido para el voto por correo.
b) No hayan sido franqueados en Correos de manera certificada.
c) No contengan el certificado acreditativo de inclusión en el censo especial de voto por correo expedido por la Comisión Gestora.
d) Contengan documentación de voto por correo de más de una persona electora.
En todo caso, a efectos de facilitar el voto, la federación habilitará un modelo de papeleta que, encabezado con la denominación del estamento, contendrá el logotipo federativo, y el nombre y apellidos de los candidatos a la Asamblea General por dicho estamento. Asimismo, se pondrá a disposición del votante un sobre en el que sólo podrá figurar la referencia al estamento correspondiente.
– Prevalecerá el voto presencial sobre el voto emitido por correo en caso de concurrencia de ambos.
RELACIÓN DEL NOMBRE DE LAS DELEGACIONES TERRITORIALES ADMINISTRATIVAS, EL NÚMERO DEL APARTADO DE CORREOS, EL CÓDIGO POSTAL Y LA LOCALIDAD QUE DEBEN CONSIGNARSE EN EL ANVERSO DE LOS SOBRES, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ART. 21.5 DE LA ORDEN DE 11 DE MARZO DE 2016 , QUE REGULA EL VOTO POR CORREO.
ALMERÍA
Delegación Territorial de Educación y Deporte
Apartado de Correos nº 2013
Oficina de Correos: Hermanos Machado 04004 Almería
CÁDIZ
Delegación Territorial de Educación y Deporte
Apartado de Correos nº 36
Oficina de Correos: Plaza de Topete, s/n 11001 Cádiz
CÓRDOBA
Delegación Territorial de Educación y Deporte
Apartado de Correos nº 21
Oficina de Correos: Cruz Conde 14080 Córdoba
GRANADA 11
Delegación Territorial de Educación y Deporte
Apartado de Correos nº 350
Oficina de Correos: Puerta Real, 2 18009 Granada
HUELVA
Delegación Territorial de Educación y Deporte
Apartado de Correos nº 805
Oficina de Correos: Avda. de Italia, 10 21001 Huelva
JAÉN
Delegación Territorial de Educación y Deporte
Apartado de Correos nº 332
Oficina de Correos: Plaza de los Jardinillos, s/n 23004 Jaén
MÁLAGA
Delegación Territorial de Educación y Deporte
Apartado de Correos nº 1
Oficina de Correos: Explanada de la Estación, s/n
SEVILLA
Delegación Territorial de Educación y Deporte
Apartado de Correos nº 33
Oficina de Correos: Principal, Avenida de la Constitución, 32 41001 Sevilla
Séptimo.- El enlace informático URL a la orden de 11 de Marzo de 2016 es el siguiente:
En Cazorla, a doce de septiembre de 2020.
José Miguel Nieto Ojeda
Presidente
ANEXO I Comisión Electoral 2020-2024
ANEXO II Composición de la Asamblea
ANEXO III Calendario Electoral
ANEXO IV Censo Electoral General
ANEXO V Censo Electoral Bolo Andaluz
(Se pueden consultar y comprobar los datos personales en la sede de la Federación en la que quedará expuesta toda la documentación durante el proceso electoral será de 10,30 a 12,30 horas, de lunes a viernes, salvo festivos, siendo obligatorio pedir cita previa por email o teléfono 2 (695481332-600625684) o a través de correo electrónico eleccionesfab@gmail.com )
ANEXO VI Censo Electoral Bolo Césped
(Se pueden consultar y comprobar los datos personales en la sede de la Federación en la que quedará expuesta toda la documentación durante el proceso electoral será de 10,30 a 12,30 horas, de lunes a viernes, salvo festivos, siendo obligatorio pedir cita previa por email o teléfono 2 (695481332-600625684) o a través de correo electrónico eleccionesfab@gmail.com )
ANEXO VII Censo Electoral Bowling
(Se pueden consultar y comprobar los datos personales en la sede de la Federación en la que quedará expuesta toda la documentación durante el proceso electoral será de 10,30 a 12,30 horas, de lunes a viernes, salvo festivos, siendo obligatorio pedir cita previa por email o teléfono 2 (695481332-600625684) o a través de correo electrónico eleccionesfab@gmail.com )
ANEXO VIII Censo Electoral Bolo Palma
(Se pueden consultar y comprobar los datos personales en la sede de la Federación en la que quedará expuesta toda la documentación durante el proceso electoral será de 10,30 a 12,30 horas, de lunes a viernes, salvo festivos, siendo obligatorio pedir cita previa por email o teléfono 2 (695481332-600625684) o a través de correo electrónico eleccionesfab@gmail.com )
ANEXO XIII Sobre Deportistas Bolo Andaluz
ANEXO XIV Sobre Deportistas Bolo Césped
ANEXO XV Sobre Deportistas Bolo Palma
ANEXO XVI Sobre Deportistas Bowling
ANEXO XXI Papeleta Clubes Bolo Andaluz
ANEXO XXII Papeleta Clubes Bolo Césped
ANEXO XXIII Papeleta Clubes Bolo Palma
ANEXO XXIV Papeleta Clubes Bowling
ANEXO XXV Papeleta Deportistas Bolo Andaluz
ANEXO XXVI Papeleta Deportistas Bolo Césped
ANEXO XXVII Papeleta Deportistas Bolo Palma
ANEXO XXVIII Papeleta Deportistas Bowling