ELECCIONES FEDERACIÓN ANDALUZA DE BOLOS 2024

CONVOCATORIA PROCESO ELECTORAL 2024
FEDERACION ANDALUZA DE BOLOS

Convocatoria_Firmada

CONVOCATORIA.

El Presidente de la Federación Andaluza de Bolos, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, ha acordado convocar con esta fecha elecciones para la renovación de los órganos de gobierno y representación de la citada Federación, de conformidad con el art. 3 de la Orden de 11 de marzo de 2016, por la que se regulan los procesos electorales de las Federaciones Deportivas Andaluzas, con el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas y con los vigentes Estatutos y Reglamento Electoral de la F.A.B. señalándose como día de inicio efectivo del proceso electoral el 9 de septiembre de 2024.

Como efecto de esta convocatoria, queda disuelta la Asamblea General; finaliza el mandato del Presidente; y la Junta Directiva queda constituida como Comisión Gestora. Igualmente, pasan a ejercer en funciones todos los Delegados Territoriales de la F.A.B.

1.- REGULACIÓN E INFORMACIÓN

 La normativa electoral de aplicación es la contenida en la Orden de 11 de marzo de 2016, (Boja nº 52 de 17 de marzo de 2016) que se puede consultar en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/52/BOJA16-052-00020-4641-01_00087233.pdf así como en el Reglamento Electoral de la Federación Andaluza de Bolos, ratificado mediante Resolución de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de fecha 22 de mayo de 2024. La presente convocatoria y sus Anexos así como toda la documentación relativa a este proceso electoral estará expuesta en la página web de la Federación https://andaluzadebolos.org/ , en la sede de la Federación Andaluza de Bolos y en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, en uso de la autorización concedida por la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, de fecha 24 de enero de 2024, previa solicitud a tal efecto formulada por la Federación, que se indican a continuación:

PROVINCIA DIRECCIÓN LOCALIDAD HORARIO
SEDE CENTRAL Federación Andaluza de Bolos C/ Camino de La Iruela, 1 CAZORLA (JAÉN) Lunes a Viernes 9 a 14 horas
ALMERÍA Delegación Territorial de Almería de la Junta de Andalucía.

Paseo de la Caridad, 125

ALMERÍA Lunes a Viernes 9 a 14 horas
MÁLAGA Delegación Territorial de Málaga de la Junta de Andalucía.

Avda. Aurora, 47, Edif. Servicios Múltiples

MÁLAGA Lunes a Viernes 9 a 14 horas
GRANADA Delegación Territorial de Granada de la Junta de Andalucía.

Avda. De Madrid, 7, 3ª Planta

GRANADA Lunes a Viernes 9 a 14 horas
JAÉN Delegación Territorial de Jaén de la Junta de Andalucía.

C/ Martínez Montañez, 8

JAÉN Lunes a Viernes 9 a 14 horas
CÓRDOBA Delegación Territorial de Córdoba de la Junta de Andalucía.

C/ Capitulares, 2

CÓRDOBA Lunes a Viernes 9 a 14 horas
CÁDIZ Delegación Territorial de Cádiz de la Junta de Andalucía.

C/ Cánovas del Castillo, 35

CÁDIZ Lunes a Viernes 9 a 14 horas
HUELVA Delegación Territorial de Huelva de la Junta de Andalucía.

C/ Jesús Nazareno, 21

HUELVA Lunes a Viernes 9 a 14 horas
SEVILLA Delegación Territorial de Sevilla de la Junta de Andalucía.

C/ Trajano, 17

SEVILLA Lunes a Viernes 9 a 14 horas

El horario de apertura de la sede de la Federación en la que quedará expuesta toda la documentación durante el proceso electoral será de lunes a viernes de 09 a 14 horas, salvo festivos.

Se habilita la dirección de correo electrónico eleccionesfab@gmail.com para todos los trámites relacionados con las elecciones.

 2.- CENSO ELECTORAL PROVISIONAL.

El censo electoral de clubes, deportistas, técnicos y jueces y árbitros que tendrán derecho a participar en el presente proceso electoral es el que se contiene en los siguientes anexos:

  • Censo General de deportistas.
  • Censo General de clubes.
  • Censo General de técnicos.
  • Censo General de jueces-árbitros.

Igualmente se recuerda a todos los federados que aparezcan en el censo provisional en más de un estamento deportivo, que deberán optar por aquél estamento en el que quieren quedar adscritos como electores y, en su caso, elegibles, sin perjuicio del requerimiento que a tal efecto realice la Comisión Electoral en la resolución por la que se proclame el censo definitivo, a tenor de lo dispuesto en el calendario del proceso electoral y de conformidad con lo establecido en el Art. 16.4 de la Orden de 11 de marzo de 2016.

Si el interesado no ejercitara dicha opción, bien de forma voluntaria o bien a requerimiento de la Comisión Electoral, corresponderá a ésta, de oficio, adoptarla asignándolo al estamento en el que conste con una mayor antigüedad en la Federación y en caso de igual antigüedad, se asignará por sorteo.

 El tratamiento y publicación de los datos contenidos en el censo tendrá por exclusiva finalidad garantizar el ejercicio por las personas electoras de su derecho de sufragio, y garantizar la transparencia del proceso electoral, no siendo posible su utilización ni cesión para ninguna finalidad distinta de aquélla.

 3.- DISTRIBUCIÓN DEL NÚMERO DE PERSONAS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL

La Asamblea General de la Federación Andaluza de Bolos está integrada por 25 miembros representativos de cada uno de los estamentos deportivos existentes.

La distribución del número de miembros de la Asamblea General por estamentos es la siguiente:

– Clubes: 52%……………………………………………………………………. 13 asambleístas.

– Deportistas: 24%……………………………………………………………… 6 asambleístas.

– Técnicos: 12%…………………………………………………………………. 3 asambleístas.

– Jueces y árbitros: 12%………………………………………………………. 3 asambleístas.

4.- COMISION ELECTORAL FEDERATIVA:

La Comisión Electoral Federativa estará integrada por los siguientes miembros:

  • Sebastián Ríos Gómez (Presidente)
  • Dña. Olga Mª Ruiz Trillo (Vocal)
  • Dña. Mª Carmen Moreno Calcerrada (Secretaria)

Suplentes.

1.- D. Bernardo Pelegrín Carrillo.

2.- Dña. Remedios Nadales Subires.

3.- D. Javier Mozas Moreno.

Correo electrónico de contacto: eleccionesfab@gmail.com

Teléfonos de contacto: 695481332-600625684

5.- MODELOS OFICIALES DE SOBRES Y PAPELETAS.

Los modelos oficiales de sobres y papeletas para los distintos estamentos son los que se contienen en los siguientes anexos:

  • Sobres para el estamento de clubes.
  • Sobres para el estamento de deportistas.
  • Sobres para el estamento de técnicos.
  • Sobres para el estamento de jueces y árbitros.
  • Papeletas para el estamento de clubes.
  • Papeletas para el estamento de deportistas.
  • Papeletas para el estamento de técnicos.
  • Papeletas para el estamento de jueces y árbitros.

 6.- CALENDARIO ELECTORAL:

CONVOCATORIA 09-09-2024

FECHA TRAMITE
  FASE PRIMERA: CONVOCATORIA Y PROCLAMACION DEL CENSO ELECTORAL DEFINITIVO.
09/09/2024 Día 1: Convocatoria del proceso electoral federativo.
10/09/2024 Día 2: Inicio del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo especial de voto por correo.
11/09/2024 Día 3: Fin del plazo para remitir anuncio de la convocatoria por vía electrónica a la Dirección General competente en materia de deporte.
13/09/2024 Día 5: Publicación de la convocatoria en las sedes de la Federación, en las de sus delegaciones territoriales y en su página web oficial, así como en la página web de la Consejería competente en materia de deporte.
14/09/2024 Día 6: Comienzo del plazo para la presentación de impugnaciones contra la propia convocatoria, el censo, la distribución de personas miembros de la Asamblea General y el calendario del proceso electoral, ante la Comisión Electoral.
18/09/2024 Día 10: Remisión por la Dirección General competente en materia de deporte de certificación de exposición del anuncio de convocatoria en la web de la Consejería.
19/09/2024 Día 11: Remisión por la Comisión Gestora a la Comisión Electoral de las certificaciones de publicación de la convocatoria.
19/09/2024 Día 11: Fin del plazo para remitir a la Dirección General competente en materia de deporte la convocatoria completa y la certificación de los días de publicación en la sede y web federativa.
28/09/2024 Día 20: Fin del plazo de presentación de impugnaciones señaladas en el apartado anterior correspondiente al día 6.
02/10/2024 Día 23: Fin del plazo para resolver las impugnaciones presentadas y proclamación del censo electoral definitivo, por parte de la Comisión Electoral y notificación personal a los interesados e interesadas.
03/10/2024 Día 24: Publicación en el tablón de anuncios de la sede de la Comisión Electoral y en la página web oficial de la Federación de las resoluciones recaídas respecto de las impugnaciones presentadas y de la proclamación del censo electoral definitivo.
03/10/2024 Día 24: Remisión del censo electoral definitivo a la Dirección General competente en materia de deporte, en soporte informático apto para el tratamiento de textos y datos.
04/10/2024 Día 25: Fin del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo especial de voto por correo.
06/10/2024 Día 27: Fin del plazo para que la Comisión Electoral remita el Censo especial de voto por correo a la Comisión Gestora y a la Dirección General competente en materia de deporte.
09/10/2024 Día 30: Fin del plazo para que la Comisión Gestora publique en la web oficial de la Federación el Censo especial de voto por correo y para enviar los certificados acreditativos de inclusión en el Censo especial de voto por correo.
  FASE SEGUNDA: ELECCIONES A LA ASAMBLEA GENERAL Y PRESIDENCIA.
10/10/2024 Día 1: INICIO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS A LA ASAMBLEA GENERAL

La federación comunicará a las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de Deporte, la fecha de la votación, las localidades y domicilios donde se ubicarán las Mesas Electorales, así como el número de un teléfono móvil para poder contactar en caso de necesidad.

 

16/10/2024 Día 7: Finaliza el plazo de presentación de candidaturas a la Asamblea General.
21/10/2024 Día 12: Proclamación por la Comisión Electoral de la relación provisional de personas candidatas a la Asamblea General por cada circunscripción. Sorteo para la formación de las Mesas Electorales.
22/10/2024 Día 13: Se inicia el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas a la Asamblea General.
26/10/2024 Día 17: Finaliza el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas a la Asamblea General.
29/10/2024 Día 20: Publicaciones de las resoluciones de la Comisión Electoral General. Proclamación por la Comisión Electoral de la relación definitiva de candidaturas.
30/10/2024 Día 21: Inicio del plazo para la presentación ante la Comisión Electoral de las designaciones de personas interventoras de las candidaturas.
01/11/2024 Día 23: Fin del plazo para la puesta a disposición de las papeletas de voto para los electores y electoras que deseen ejercer su voto por correo.
02/11/2024 Día 24: Se inicia el plazo para ejercer el voto por correo.
03/11/2024 Día 25: Fin del plazo para comunicar designación de interventores a la Comisión Electoral.
08/11/2024 Día 30: Fin del plazo para ejercer el derecho de voto por correo.
09/11/2024 Día 31: Finaliza el plazo para la entrega de credenciales y publicación en la página web oficial de la Federación de la relación de personas interventoras de las candidaturas.
13/11/2024 Día 35: Votaciones a personas miembros de la Asamblea General y remisión de la documentación electoral a la Comisión Electoral.
16/11/2024 Día 38: Publicación de los resultados provisionales. Se inicia el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones ante la Comisión Electoral.
21/11/2024 Día 43: Finaliza el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones.
24/11/2024 Día 46: Finaliza el plazo para resolver las reclamaciones e impugnaciones por parte de la Comisión Electoral.
25/11/2024 Día 47: Publicación de las resoluciones dictadas frente a las reclamaciones e impugnaciones. Proclamación por la Comisión Electoral de los resultados definitivos de las votaciones y de las personas miembros de la Asamblea General. Se inicia el plazo de presentación de candidaturas a la Presidencia de la Federación.
29/11/2024 Día 51: Finaliza el plazo de presentación de candidaturas a la Presidencia de la Federación.
02/12/2024 Día 54: Proclamación por la Comisión Electoral de la relación de personas candidatas a la Presidencia.
03/12/2024 Día 55: Se inicia el plazo de impugnaciones a la admisión y exclusión de candidaturas a la Presidencia de la Federación.
07/12/2024 Día 59: Finaliza el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas.
10/12/2024 Día 62: Publicación por la Comisión Electoral Federativa de las resoluciones de las impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas a la Presidencia. Proclamación de la relación definitiva de personas candidatas.
14/12/2024 Día 66: Celebración de la Asamblea General para la elección de Presidente o Presidenta.
16/12/2024 Día 68: Publicación de los resultados provisionales por la Comisión Electoral.
17/12/2024 Día 69: Se inicia el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones ante la Comisión Electoral.
19/12/2024 Día 71: Finaliza el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones.
22/12/2024 Día 74: Proclamación del Presidente o Presidenta electo por la Comisión Electoral.

6.- PROCEDIMIENTO VOTO: 

En la elección para persona miembro de la Asamblea General será preciso realizar efectivamente el acto de votación, cuando en el estamento y circunscripción concurran más candidatos que plazas a cubrir. El derecho del voto podrá ejercerse de forma presencial o por correo. Prevalecerá el voto presencial sobre el voto emitido por correo en caso de concurrencia de ambos.

  1. a) Voto presencial.
  • La persona física se identificará en la votación por el DNI, pasaporte o autorización de residencia en vigor.
  • Por los clubes o secciones deportivas podrá votar su Presidente o Presidenta, cuyo nombre debe constar en el censo. Si el Presidente o Presidenta no correspondiera con el publicado en el censo, deberá acreditar su nombramiento mediante certificado expedido por el Secretario del Club correspondiente, en el plazo establecido para impugnar el censo. Si el club designara una persona distinta, en el momento de ejercer el voto, se ha de presentar escrito firmado por el presidente indicando la imposibilidad de votar así como indicación de la persona que votará en su lugar; debiendo acompañar a dicho escrito las fotocopias de los DNI o pasaportes y de la persona titular de la secretaría o persona titular de la presidencia, persona autorizada, así como el certificado contemplado en el apartado 2.a) del artículo 18 de Orden de 11 de marzo de 2016.
  1. b) Voto por Correo.

El voto por correo se ejercerá de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Orden de 11 de marzo de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Artículo 21. Voto por correo.

  1. La persona electora que desee emitir su voto por correo deberá formular solicitud dirigida a la Comisión Electoral de la Federación interesando su inclusión en el censo especial de voto por correo, que integrará a las personas electoras que estando incluidos en el censo definitivo opten por tal modalidad de voto.

Dicha solicitud deberá presentarse a partir del día siguiente al de la convocatoria de elecciones y hasta dos días después de la publicación del censo definitivo, cumplimentando el documento normalizado que se ajustará al anexo 2 de la presente Orden, debiendo acompañar fotocopia del DNI, pasaporte o autorización de residencia en vigor. Cuando la solicitud sea formulada por clubes y secciones deportivas que, ostentando la condición de persona electora, deseen emitir su voto por correo, deberá acreditarse ante la Comisión Electoral de la Federación la válida adopción del acuerdo por parte de los órganos de la entidad en cuestión. Asimismo, deberá identificarse claramente la identidad de la persona física designada para realizar todos los trámites relativos al voto por correo, adjuntando fotocopia de su DNI, pasaporte o autorización de residencia en vigor.

Recibida por la Comisión Electoral la documentación referida en el apartado anterior, comprobará la inscripción de la persona solicitante en el censo definitivo, no admitiéndose la solicitud de voto por correo en caso de que la misma no se encuentre inscrita.

La Comisión Electoral elaborará el censo especial de voto por correo en los dos días hábiles posteriores al término del plazo para solicitar la inscripción en dicho censo, el cual comprenderá, como mínimo, un listado que incluya los nombres y apellidos de todas las solicitudes admitidas. En el mismo período, la Comisión Electoral remitirá el censo especial de voto por correo a la Comisión Gestora y a la Dirección General competente en materia de Deporte.

 

  1. La Comisión Gestora, en el plazo de tres días hábiles desde su recepción, publicará en la página web federativa, sección «Procesos electorales», el censo especial de voto por correo y enviará en el mismo plazo, a las personas y entidades incluidas, el certificado acreditativo de su inclusión en el censo especial de voto por correo. La remisión de este certificado se realizará por cualquier medio que permita acreditar su recepción por la persona electora personalmente, resultando nula la entrega o notificación a persona distinta. A estos efectos, la federación podrá exigir a la persona electora la aportación de la dirección de una cuenta de correo electrónico personal, a la que podrá dirigirse la notificación del certificado, siempre que permita acreditar su recepción.

Para la emisión del voto por correo, las federaciones pondrán a disposición del electorado, en los tres días siguientes al de la proclamación de la relación definitiva de las candidaturas o, en el caso de interrupción del proceso electoral, en la fecha que se establezca por la Comisión Electoral, el modelo oficial de papeleta de voto por correo descrito en el apartado 6 de este mismo artículo, así como del sobre de votación, tanto en las sedes federativas correspondientes, como en la página web de la federación, de la que podrá descargarse y utilizarse para el ejercicio del voto mediante esta modalidad.

 

  1. El período de presentación del voto por correo será como mínimo de siete días, que comenzará el cuarto día siguiente al de la proclamación de la relación definitiva de las candidaturas y finalizará el quinto día anterior a la fecha de celebración de las votaciones. No serán admitidos los sobres presentados con fecha posterior, verificación que deberá efectuar la Mesa Electoral el día de la votación.

 

  1. La persona electora que quiera ejercitar su voto por correo introducirá en un sobre que deberá expresar en su anverso, el nombre y apellidos del remitente, así como la federación, especialidad deportiva, en su caso y estamento por el que se vota y en su caso también, la mesa electoral, los siguientes documentos: el certificado acreditativo de inclusión en el censo especial de voto por correo expedido por la Comisión Gestora, fotocopia de su DNI, Pasaporte, Permiso de conducir o permiso de residencia en vigor, y el sobre de votación previamente cerrado (en cuyo anverso sólo podrá figurar la referencia al estamento correspondiente) que contendrá una sola papeleta de voto, según modelo oficial suministrado por la federación. En el caso de clubes o secciones deportivas, se añadirá certificado expedido por el secretario del club o sección, acreditativo de la condición de presidente o de la persona que presenta el sobre, conforme a lo establecido en el apartado 1 de este mismo artículo.

Toda la documentación contemplada en el apartado anterior se introducirá a su vez en un sobre de mayor tamaño que los anteriores, en cuyo anverso y reverso se consignarán los siguientes datos:

Anverso:

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE (nombre correspondiente)

Apartado de Correos (número correspondiente)

Código Postal y Localidad:

ELECCIONES A LA ASAMBLEA GENERAL DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE (nombre correspondiente)

Reverso:

Nombre y apellidos: (del remitente)

Modalidad o especialidad: (la correspondiente, en su caso)

Estamento de:

Circunscripción:

Mesa Electoral: (se consignará la correspondiente; en su caso)

  1. El voto por correo podrá presentarse, a elección de la persona electora, en las Oficinas de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, mediante correo certificado, o en el Servicio de Deporte de las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de Deporte, en horario de nueve a trece horas, en punto.

En este último caso, serán necesarias para recepcionar los sobres, la personación de la persona electora y la acreditación de su personalidad ante el personal funcionario habilitado para la recepción del voto por correo.

El voto por correo en las Delegaciones Territoriales de la Consejería solo podrá presentarse en la Delegación correspondiente a la circunscripción de la persona electora, excepto en el caso de circunscripción única.

La Dirección General competente en materia de deporte, al recibo de la convocatoria electoral, remitirá a las federaciones el nombre de las Delegaciones Territoriales administrativas, el número de apartado de correos, el código postal y la localidad que deben consignarse en el anverso de los sobres, para su publicación inmediata en la página web federativa. Dicha información será publicada igualmente con carácter permanente en la página web de la Consejería competente en materia de Deporte.

La federación comunicará a la Delegación Territorial administrativa correspondiente, el mismo día de inicio del proceso electoral para elegir a las personas miembros de la Asamblea General, la fecha de la votación, las localidades y domicilios donde se ubicarán las Mesas Electorales, así como el número de un teléfono móvil para poder contactar en caso de necesidad.

Las Delegaciones Territoriales administrativas custodiarán los votos hasta el día de la votación.

Los sobres con la documentación de voto por correo recibidos serán entregados el día de la votación, por personal de la Delegación Territorial administrativa, junto con una relación nominal de los mismos a la Mesa electoral correspondiente.

Serán nulos los sobres o paquetes que contengan la documentación de voto por correo de más de una persona electora. La recepción de un sobre con dos o más votos de diferentes electores comportará la nulidad de todos ellos.

  1. En todo caso, la Mesa Electoral no admitirá y declarará nulos los sobres que:
  2. a) Hayan sido presentados en Correos o en la Delegación Territorial fuera del período establecido para el voto por correo.
  3. b) No hayan sido franqueados en Correos de manera certificada.
  4. c) No contengan el certificado acreditativo de inclusión en el censo especial de voto por correo expedido por la Comisión Gestora.
  5. d) Contengan documentación de voto por correo de más de una persona electora.

 

  1. En todo caso, a efectos de facilitar el voto, la federación habilitará un modelo de papeleta que, encabezado con la denominación del estamento, contendrá el logotipo federativo, y el nombre y apellidos de los candidatos a la Asamblea General por dicho estamento. Asimismo, se pondrá a disposición del votante un sobre en el que solo podrá figurar la referencia al estamento correspondiente.

 

  1. Prevalecerá el voto presencial sobre el voto emitido por correo en caso de concurrencia de ambos.”

RELACIÓN DEL NOMBRE DE LAS DELEGACIONES TERRITORIALES ADMINISTRATIVAS, EL NÚMERO DEL APARTADO DE CORREOS, EL CÓDIGO POSTAL Y LA LOCALIDAD QUE DEBEN CONSIGNARSE EN EL ANVERSO DE LOS SOBRES, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ART. 21.5 DE LA ORDEN DE 11 DE MARZO DE 2016, QUE REGULA EL VOTO POR CORREO.

 ALMERÍA

Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte

Apartado de Correos nº 2013

Oficina de Correos: Hermanos Machado

04004 Almería

CÁDIZ

Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte

Apartado de Correos nº 36

Oficina de Correos: Plaza de Topete, s/n

11001 Cádiz

CÓRDOBA

Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte

Apartado de Correos nº 21

Oficina de Correos: Cruz Conde

14080 Córdoba

GRANADA

Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte

Apartado de Correos nº 350

Oficina de Correos: Puerta Real, 2

18009 Granada

HUELVA

Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte

Apartado de Correos nº 805

Oficina de Correos: Avda. de Italia, 10

21001 Huelva

JAÉN

Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte

Apartado de Correos nº 332

Oficina de Correos: Plaza de los Jardinillos, s/n

23004 Jaén

MÁLAGA

Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte

Apartado de Correos nº 1

Oficina de Correos: Explanada de la Estación, s/n

SEVILLA

Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte

Apartado de Correos nº 33

Oficina de Correos: Principal, Avenida de la Constitución, 32

41001 Sevilla

 

Y para que así conste firmo la presente convocatoria en Cazorla a 09 de septiembre de 2024.

Fdo: José Miguel Nieto Ojeda

Presidente FAB

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