La web oficial de la Federación Andaluza de Bolos
CONVOCATORIA.
El Presidente de la Federación Andaluza de Bolos, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, ha acordado convocar con esta fecha elecciones para la renovación de los órganos de gobierno y representación de la citada Federación, de conformidad con el art. 3 de la Orden de 11 de marzo de 2016, por la que se regulan los procesos electorales de las Federaciones Deportivas Andaluzas, con el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas y con los vigentes Estatutos y Reglamento Electoral de la F.A.B. señalándose como día de inicio efectivo del proceso electoral el 9 de septiembre de 2024.
Como efecto de esta convocatoria, queda disuelta la Asamblea General; finaliza el mandato del Presidente; y la Junta Directiva queda constituida como Comisión Gestora. Igualmente, pasan a ejercer en funciones todos los Delegados Territoriales de la F.A.B.
1.- REGULACIÓN E INFORMACIÓN
La normativa electoral de aplicación es la contenida en la Orden de 11 de marzo de 2016, (Boja nº 52 de 17 de marzo de 2016) que se puede consultar en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/52/BOJA16-052-00020-4641-01_00087233.pdf así como en el Reglamento Electoral de la Federación Andaluza de Bolos, ratificado mediante Resolución de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de fecha 22 de mayo de 2024. La presente convocatoria y sus Anexos así como toda la documentación relativa a este proceso electoral estará expuesta en la página web de la Federación https://andaluzadebolos.org/ , en la sede de la Federación Andaluza de Bolos y en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, en uso de la autorización concedida por la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, de fecha 24 de enero de 2024, previa solicitud a tal efecto formulada por la Federación, que se indican a continuación:
| PROVINCIA | DIRECCIÓN | LOCALIDAD | HORARIO |
| SEDE CENTRAL | Federación Andaluza de Bolos C/ Camino de La Iruela, 1 | CAZORLA (JAÉN) | Lunes a Viernes 9 a 14 horas |
| ALMERÍA | Delegación Territorial de Almería de la Junta de Andalucía.
Paseo de la Caridad, 125 |
ALMERÍA | Lunes a Viernes 9 a 14 horas |
| MÁLAGA | Delegación Territorial de Málaga de la Junta de Andalucía.
Avda. Aurora, 47, Edif. Servicios Múltiples |
MÁLAGA | Lunes a Viernes 9 a 14 horas |
| GRANADA | Delegación Territorial de Granada de la Junta de Andalucía.
Avda. De Madrid, 7, 3ª Planta |
GRANADA | Lunes a Viernes 9 a 14 horas |
| JAÉN | Delegación Territorial de Jaén de la Junta de Andalucía.
C/ Martínez Montañez, 8 |
JAÉN | Lunes a Viernes 9 a 14 horas |
| CÓRDOBA | Delegación Territorial de Córdoba de la Junta de Andalucía.
C/ Capitulares, 2 |
CÓRDOBA | Lunes a Viernes 9 a 14 horas |
| CÁDIZ | Delegación Territorial de Cádiz de la Junta de Andalucía.
C/ Cánovas del Castillo, 35 |
CÁDIZ | Lunes a Viernes 9 a 14 horas |
| HUELVA | Delegación Territorial de Huelva de la Junta de Andalucía.
C/ Jesús Nazareno, 21 |
HUELVA | Lunes a Viernes 9 a 14 horas |
| SEVILLA | Delegación Territorial de Sevilla de la Junta de Andalucía.
C/ Trajano, 17 |
SEVILLA | Lunes a Viernes 9 a 14 horas |
El horario de apertura de la sede de la Federación en la que quedará expuesta toda la documentación durante el proceso electoral será de lunes a viernes de 09 a 14 horas, salvo festivos.
Se habilita la dirección de correo electrónico eleccionesfab@gmail.com para todos los trámites relacionados con las elecciones.
2.- CENSO ELECTORAL PROVISIONAL.
El censo electoral de clubes, deportistas, técnicos y jueces y árbitros que tendrán derecho a participar en el presente proceso electoral es el que se contiene en los siguientes anexos:
Igualmente se recuerda a todos los federados que aparezcan en el censo provisional en más de un estamento deportivo, que deberán optar por aquél estamento en el que quieren quedar adscritos como electores y, en su caso, elegibles, sin perjuicio del requerimiento que a tal efecto realice la Comisión Electoral en la resolución por la que se proclame el censo definitivo, a tenor de lo dispuesto en el calendario del proceso electoral y de conformidad con lo establecido en el Art. 16.4 de la Orden de 11 de marzo de 2016.
Si el interesado no ejercitara dicha opción, bien de forma voluntaria o bien a requerimiento de la Comisión Electoral, corresponderá a ésta, de oficio, adoptarla asignándolo al estamento en el que conste con una mayor antigüedad en la Federación y en caso de igual antigüedad, se asignará por sorteo.
El tratamiento y publicación de los datos contenidos en el censo tendrá por exclusiva finalidad garantizar el ejercicio por las personas electoras de su derecho de sufragio, y garantizar la transparencia del proceso electoral, no siendo posible su utilización ni cesión para ninguna finalidad distinta de aquélla.
3.- DISTRIBUCIÓN DEL NÚMERO DE PERSONAS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL
La Asamblea General de la Federación Andaluza de Bolos está integrada por 25 miembros representativos de cada uno de los estamentos deportivos existentes.
La distribución del número de miembros de la Asamblea General por estamentos es la siguiente:
– Clubes: 52%……………………………………………………………………. 13 asambleístas.
– Deportistas: 24%……………………………………………………………… 6 asambleístas.
– Técnicos: 12%…………………………………………………………………. 3 asambleístas.
– Jueces y árbitros: 12%………………………………………………………. 3 asambleístas.
4.- COMISION ELECTORAL FEDERATIVA:
La Comisión Electoral Federativa estará integrada por los siguientes miembros:
Suplentes.
1.- D. Bernardo Pelegrín Carrillo.
2.- Dña. Remedios Nadales Subires.
3.- D. Javier Mozas Moreno.
Correo electrónico de contacto: eleccionesfab@gmail.com
Teléfonos de contacto: 695481332-600625684
5.- MODELOS OFICIALES DE SOBRES Y PAPELETAS.
Los modelos oficiales de sobres y papeletas para los distintos estamentos son los que se contienen en los siguientes anexos:
6.- CALENDARIO ELECTORAL:
CONVOCATORIA 09-09-2024
| FECHA | TRAMITE |
| FASE PRIMERA: CONVOCATORIA Y PROCLAMACION DEL CENSO ELECTORAL DEFINITIVO. | |
| 09/09/2024 | Día 1: Convocatoria del proceso electoral federativo. |
| 10/09/2024 | Día 2: Inicio del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo especial de voto por correo. |
| 11/09/2024 | Día 3: Fin del plazo para remitir anuncio de la convocatoria por vía electrónica a la Dirección General competente en materia de deporte. |
| 13/09/2024 | Día 5: Publicación de la convocatoria en las sedes de la Federación, en las de sus delegaciones territoriales y en su página web oficial, así como en la página web de la Consejería competente en materia de deporte. |
| 14/09/2024 | Día 6: Comienzo del plazo para la presentación de impugnaciones contra la propia convocatoria, el censo, la distribución de personas miembros de la Asamblea General y el calendario del proceso electoral, ante la Comisión Electoral. |
| 18/09/2024 | Día 10: Remisión por la Dirección General competente en materia de deporte de certificación de exposición del anuncio de convocatoria en la web de la Consejería. |
| 19/09/2024 | Día 11: Remisión por la Comisión Gestora a la Comisión Electoral de las certificaciones de publicación de la convocatoria. |
| 19/09/2024 | Día 11: Fin del plazo para remitir a la Dirección General competente en materia de deporte la convocatoria completa y la certificación de los días de publicación en la sede y web federativa. |
| 28/09/2024 | Día 20: Fin del plazo de presentación de impugnaciones señaladas en el apartado anterior correspondiente al día 6. |
| 02/10/2024 | Día 23: Fin del plazo para resolver las impugnaciones presentadas y proclamación del censo electoral definitivo, por parte de la Comisión Electoral y notificación personal a los interesados e interesadas. |
| 03/10/2024 | Día 24: Publicación en el tablón de anuncios de la sede de la Comisión Electoral y en la página web oficial de la Federación de las resoluciones recaídas respecto de las impugnaciones presentadas y de la proclamación del censo electoral definitivo. |
| 03/10/2024 | Día 24: Remisión del censo electoral definitivo a la Dirección General competente en materia de deporte, en soporte informático apto para el tratamiento de textos y datos. |
| 04/10/2024 | Día 25: Fin del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo especial de voto por correo. |
| 06/10/2024 | Día 27: Fin del plazo para que la Comisión Electoral remita el Censo especial de voto por correo a la Comisión Gestora y a la Dirección General competente en materia de deporte. |
| 09/10/2024 | Día 30: Fin del plazo para que la Comisión Gestora publique en la web oficial de la Federación el Censo especial de voto por correo y para enviar los certificados acreditativos de inclusión en el Censo especial de voto por correo. |
| FASE SEGUNDA: ELECCIONES A LA ASAMBLEA GENERAL Y PRESIDENCIA. | |
| 10/10/2024 | Día 1: INICIO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS A LA ASAMBLEA GENERAL
La federación comunicará a las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de Deporte, la fecha de la votación, las localidades y domicilios donde se ubicarán las Mesas Electorales, así como el número de un teléfono móvil para poder contactar en caso de necesidad.
|
| 16/10/2024 | Día 7: Finaliza el plazo de presentación de candidaturas a la Asamblea General. |
| 21/10/2024 | Día 12: Proclamación por la Comisión Electoral de la relación provisional de personas candidatas a la Asamblea General por cada circunscripción. Sorteo para la formación de las Mesas Electorales. |
| 22/10/2024 | Día 13: Se inicia el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas a la Asamblea General. |
| 26/10/2024 | Día 17: Finaliza el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas a la Asamblea General. |
| 29/10/2024 | Día 20: Publicaciones de las resoluciones de la Comisión Electoral General. Proclamación por la Comisión Electoral de la relación definitiva de candidaturas. |
| 30/10/2024 | Día 21: Inicio del plazo para la presentación ante la Comisión Electoral de las designaciones de personas interventoras de las candidaturas. |
| 01/11/2024 | Día 23: Fin del plazo para la puesta a disposición de las papeletas de voto para los electores y electoras que deseen ejercer su voto por correo. |
| 02/11/2024 | Día 24: Se inicia el plazo para ejercer el voto por correo. |
| 03/11/2024 | Día 25: Fin del plazo para comunicar designación de interventores a la Comisión Electoral. |
| 08/11/2024 | Día 30: Fin del plazo para ejercer el derecho de voto por correo. |
| 09/11/2024 | Día 31: Finaliza el plazo para la entrega de credenciales y publicación en la página web oficial de la Federación de la relación de personas interventoras de las candidaturas. |
| 13/11/2024 | Día 35: Votaciones a personas miembros de la Asamblea General y remisión de la documentación electoral a la Comisión Electoral. |
| 16/11/2024 | Día 38: Publicación de los resultados provisionales. Se inicia el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones ante la Comisión Electoral. |
| 21/11/2024 | Día 43: Finaliza el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones. |
| 24/11/2024 | Día 46: Finaliza el plazo para resolver las reclamaciones e impugnaciones por parte de la Comisión Electoral. |
| 25/11/2024 | Día 47: Publicación de las resoluciones dictadas frente a las reclamaciones e impugnaciones. Proclamación por la Comisión Electoral de los resultados definitivos de las votaciones y de las personas miembros de la Asamblea General. Se inicia el plazo de presentación de candidaturas a la Presidencia de la Federación. |
| 29/11/2024 | Día 51: Finaliza el plazo de presentación de candidaturas a la Presidencia de la Federación. |
| 02/12/2024 | Día 54: Proclamación por la Comisión Electoral de la relación de personas candidatas a la Presidencia. |
| 03/12/2024 | Día 55: Se inicia el plazo de impugnaciones a la admisión y exclusión de candidaturas a la Presidencia de la Federación. |
| 07/12/2024 | Día 59: Finaliza el plazo de impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas. |
| 10/12/2024 | Día 62: Publicación por la Comisión Electoral Federativa de las resoluciones de las impugnaciones contra la admisión y exclusión de candidaturas a la Presidencia. Proclamación de la relación definitiva de personas candidatas. |
| 14/12/2024 | Día 66: Celebración de la Asamblea General para la elección de Presidente o Presidenta. |
| 16/12/2024 | Día 68: Publicación de los resultados provisionales por la Comisión Electoral. |
| 17/12/2024 | Día 69: Se inicia el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones ante la Comisión Electoral. |
| 19/12/2024 | Día 71: Finaliza el plazo de reclamaciones e impugnaciones a las votaciones. |
| 22/12/2024 | Día 74: Proclamación del Presidente o Presidenta electo por la Comisión Electoral. |
6.- PROCEDIMIENTO VOTO:
En la elección para persona miembro de la Asamblea General será preciso realizar efectivamente el acto de votación, cuando en el estamento y circunscripción concurran más candidatos que plazas a cubrir. El derecho del voto podrá ejercerse de forma presencial o por correo. Prevalecerá el voto presencial sobre el voto emitido por correo en caso de concurrencia de ambos.
El voto por correo se ejercerá de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Orden de 11 de marzo de 2016, cuyo tenor literal es el siguiente:
“Artículo 21. Voto por correo.
Dicha solicitud deberá presentarse a partir del día siguiente al de la convocatoria de elecciones y hasta dos días después de la publicación del censo definitivo, cumplimentando el documento normalizado que se ajustará al anexo 2 de la presente Orden, debiendo acompañar fotocopia del DNI, pasaporte o autorización de residencia en vigor. Cuando la solicitud sea formulada por clubes y secciones deportivas que, ostentando la condición de persona electora, deseen emitir su voto por correo, deberá acreditarse ante la Comisión Electoral de la Federación la válida adopción del acuerdo por parte de los órganos de la entidad en cuestión. Asimismo, deberá identificarse claramente la identidad de la persona física designada para realizar todos los trámites relativos al voto por correo, adjuntando fotocopia de su DNI, pasaporte o autorización de residencia en vigor.
Recibida por la Comisión Electoral la documentación referida en el apartado anterior, comprobará la inscripción de la persona solicitante en el censo definitivo, no admitiéndose la solicitud de voto por correo en caso de que la misma no se encuentre inscrita.
La Comisión Electoral elaborará el censo especial de voto por correo en los dos días hábiles posteriores al término del plazo para solicitar la inscripción en dicho censo, el cual comprenderá, como mínimo, un listado que incluya los nombres y apellidos de todas las solicitudes admitidas. En el mismo período, la Comisión Electoral remitirá el censo especial de voto por correo a la Comisión Gestora y a la Dirección General competente en materia de Deporte.
Para la emisión del voto por correo, las federaciones pondrán a disposición del electorado, en los tres días siguientes al de la proclamación de la relación definitiva de las candidaturas o, en el caso de interrupción del proceso electoral, en la fecha que se establezca por la Comisión Electoral, el modelo oficial de papeleta de voto por correo descrito en el apartado 6 de este mismo artículo, así como del sobre de votación, tanto en las sedes federativas correspondientes, como en la página web de la federación, de la que podrá descargarse y utilizarse para el ejercicio del voto mediante esta modalidad.
Toda la documentación contemplada en el apartado anterior se introducirá a su vez en un sobre de mayor tamaño que los anteriores, en cuyo anverso y reverso se consignarán los siguientes datos:
Anverso:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE (nombre correspondiente)
Apartado de Correos (número correspondiente)
Código Postal y Localidad:
ELECCIONES A LA ASAMBLEA GENERAL DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE (nombre correspondiente)
Reverso:
Nombre y apellidos: (del remitente)
Modalidad o especialidad: (la correspondiente, en su caso)
Estamento de:
Circunscripción:
Mesa Electoral: (se consignará la correspondiente; en su caso)
En este último caso, serán necesarias para recepcionar los sobres, la personación de la persona electora y la acreditación de su personalidad ante el personal funcionario habilitado para la recepción del voto por correo.
El voto por correo en las Delegaciones Territoriales de la Consejería solo podrá presentarse en la Delegación correspondiente a la circunscripción de la persona electora, excepto en el caso de circunscripción única.
La Dirección General competente en materia de deporte, al recibo de la convocatoria electoral, remitirá a las federaciones el nombre de las Delegaciones Territoriales administrativas, el número de apartado de correos, el código postal y la localidad que deben consignarse en el anverso de los sobres, para su publicación inmediata en la página web federativa. Dicha información será publicada igualmente con carácter permanente en la página web de la Consejería competente en materia de Deporte.
La federación comunicará a la Delegación Territorial administrativa correspondiente, el mismo día de inicio del proceso electoral para elegir a las personas miembros de la Asamblea General, la fecha de la votación, las localidades y domicilios donde se ubicarán las Mesas Electorales, así como el número de un teléfono móvil para poder contactar en caso de necesidad.
Las Delegaciones Territoriales administrativas custodiarán los votos hasta el día de la votación.
Los sobres con la documentación de voto por correo recibidos serán entregados el día de la votación, por personal de la Delegación Territorial administrativa, junto con una relación nominal de los mismos a la Mesa electoral correspondiente.
Serán nulos los sobres o paquetes que contengan la documentación de voto por correo de más de una persona electora. La recepción de un sobre con dos o más votos de diferentes electores comportará la nulidad de todos ellos.
RELACIÓN DEL NOMBRE DE LAS DELEGACIONES TERRITORIALES ADMINISTRATIVAS, EL NÚMERO DEL APARTADO DE CORREOS, EL CÓDIGO POSTAL Y LA LOCALIDAD QUE DEBEN CONSIGNARSE EN EL ANVERSO DE LOS SOBRES, SEGÚN SE ESTABLECE EN EL ART. 21.5 DE LA ORDEN DE 11 DE MARZO DE 2016, QUE REGULA EL VOTO POR CORREO.
ALMERÍA
Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte
Apartado de Correos nº 2013
Oficina de Correos: Hermanos Machado
04004 Almería
CÁDIZ
Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte
Apartado de Correos nº 36
Oficina de Correos: Plaza de Topete, s/n
11001 Cádiz
CÓRDOBA
Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte
Apartado de Correos nº 21
Oficina de Correos: Cruz Conde
14080 Córdoba
GRANADA
Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte
Apartado de Correos nº 350
Oficina de Correos: Puerta Real, 2
18009 Granada
HUELVA
Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte
Apartado de Correos nº 805
Oficina de Correos: Avda. de Italia, 10
21001 Huelva
JAÉN
Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte
Apartado de Correos nº 332
Oficina de Correos: Plaza de los Jardinillos, s/n
23004 Jaén
MÁLAGA
Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte
Apartado de Correos nº 1
Oficina de Correos: Explanada de la Estación, s/n
SEVILLA
Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte
Apartado de Correos nº 33
Oficina de Correos: Principal, Avenida de la Constitución, 32
41001 Sevilla
Y para que así conste firmo la presente convocatoria en Cazorla a 09 de septiembre de 2024.
Fdo: José Miguel Nieto Ojeda
Presidente FAB
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